Constitución INP

EL H. PRESBITERIO

Capitulo 1

Sus Facultades y Deberes

Facultades

Artículo 108. El H. Presbiterio tiene facultades para:

  1. Constituir nuevas Iglesias Locales y en casos especiales, nuevas. Congregaciones dentro de su jurisdicción.
  2. Admitir y recepcionar Iglesias Locales provenientes de.otros H.. Presbiterios, y que su situacióh y documentación, esté en debido orden.
  3. Establecer aquellas Instituciones, o programas de servicio, que coadyuven a la vida y marcha del H. Presbiterio.
  4. Admitir candidatos al ministerio pastoral.
  5. Otorgar licencias de predicador.
  6. Ordenar nuevos Ministros de la Palabra y de los Sacramentos. (1 Ti. 4.14, 5.22a)
  7. Admitir y recepcionar Ministros de la Palabra y de los Sacramentos, provenientes de otros H. Presbiterios y que su situación y documentación, esté en debido Orden.
  8. Establecer la relación pastoral entre una Iglesia Local y un Ministro de la Palabra y de los Sacramentos, o disolverla.
  9. Recibir, tramitar, y resolver apelaciones, quejas y diferencias que se presenten por escrito de manera prudente, ordenada y seria, (Heh. 15.1-2,9)
  10. Presentar ponencias que mejoren y propicien el trabajo en toda la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, A.R.·, y aquellas, que. busquen guardar la pureza de la doctrina y la unidad de la misma.
  11. Nombrar a sus representantes ante las Reuniones del R. Sínodo y de la R. Asamblea General.
  12. Hacerse cargo dentro de su jurisdicción de asuntos, casos, conflictos, diferencias, en los cuales el H. Consistorio por negligencia no atienda, o porque se vea involucrado como parte y le impida resolver como Tribunal Eclesiãstico.
  13. Autorizar a Ancianos de Iglesia de los H. Consistorios de su jurisdicción, para que impartan la bendición al Pueblo de Dios y oficien los sacramentos, cuando fuere necesario.
  14. Solicitar ala Institución Teológica donde tenga estudiando a sus candidatos al ministerio pastoral, información sobre conducta, aprovechamiento académico, y práctica pastoral.
  15. Constituirse en Tribunal eclesiástico en casos de proceso judicial.
  16. Designar consejeros.de sus Organizaciones.
  17. Revisar los libros de actas y de tesorería de sus Iglesias miembros.
  18. Elegir a sus Directivos y Ministros de. Ministerios, así como destituirlos por abuso de sus privilegios y/o incumplimiento de sus deberes.
  19. Adquirir bienes muebles e inmuebles para el uso y desarrolló de sus actividades eclesiásticas.
  20. Enajenar, donar, ceder derechos y/o daten comodato, bienes muebles e inmuebles.
  21. Los H. Presbiterios están facultados para solicitar a la Directiva de la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, A.R; revoque el Registro Constitutivo derivado de cualquier Iglesia Local jurisdiccionada a éstos, siempre y cuando se hayan seguido los procedimientos estatutarios de acuerdo al Orden y Gobierno de la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, A.R.

Deberes

Artículo 109. Los principales deberes del H. Presbiterio son:

  1. Mantener en el amor de Cristo, el gobierno del H. Presbiterio y de sus Iglesias. (Heh 20. 28; He. 1:'l.17;2 P. 5.2)
  2. Cuidar que todas las Iglesias del H. Presbiterio, cuenten con un Pastor de acuerdo a las diferentes modalidades.
  3. Promover en sus Iglesias la apertura de nuevos campos para Iapredicación del Evangelio.
  4. Examinar, ordenar e instalar Ancianos de Iglesia y Diáconos, que hayan sido electos constitucionalmente, en las nuevas Iglesias que se constituyan en su Jurisdicción.
  5. Aplicar la Disciplina a sus Ministros de la Palabra y de los Sacramentos, con toda oportunidad y amor fraterno cuando el caso lo requiera. (Gá. 6.1)
  6. Asesorar. colaborar, y orientar a sus Iglesiasy congregaciones, para mantener dentro de. la legalidad, las propiedades de. las mismas, así como las del H. Presbiterio.
  7. Velar que sus Iglesias.cumplan con los requisitos de aperturà al culto público, y registro de Templos ante las autoridades correspondientes.
  8. Vigilar que las disposiciones y acuerdos Sinódicos y de la R. Asamblea.General, sean oportunamente acatados y ejecutados en su campo.
  9. Presentar ante el R. Sínodo al cual pertenece, informe sobre la vida y marcha de sus Iglesias, así como planes de trabajo propios y de sus Iglesias.
  10. Mantener la unidad presbiterial, fomentarlas relaciones entre sus Iglesias y estimularlas para.su crecimiento.
  11. Velar que en su jurisdicción se mantengan las Iglesias. abiertas al culto público.
  12. Velar por la pureza y la sana doctrina, y mediar en los conflictos que se presenten entre sus.miembros,
  13. Expedir cartas de traslado a sus Ministros de la Palabra y de los Sacramentos y sus Iglesias en buenas relaciones que lo soliciten para otros H. Presbiterios.
  14. Revisar y en su caso aprobar los planes de trabajo de sus Organizaciones y dar seguimiento al cumplimiento de los mismos.
  15. Aprobar o vetar en su caso. los nombramientos de los directivos de sus Organizaciones.
  16. Ejecutar las resoluciones oficiales de los Tribunales superiores.
  17. Atender oportuna y diligentemente los problemas suscitados o presentados en el H. Presbiterio, y en caso de verse imposibilitado para resolverlos, transferirlos a su R. Sínodo.
  18. Apoyar moral y económicamente a sus candidatos al ministerio pastoral, para que. realicen sus estudios teológicos en alguno de los Seminarios de la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, que estén debidamente reconocidos por 1aAsociación Presbiteriana y Reformada de Instituciones Teológicas (APRIT).
  19. Supervisar y pastorear a sus candidatos al ministerio pastoral.
  20. Nombrar a su representante legal.
  21. Nombrar a los funcionarios Ministros de sus diferentes ministerios.
  22. Celebrar Reuniones Ordinarias, y las Extraordinarias que considere-conveniente.
  23. Enviar y distribuir el diezmo de sus ingresos por concepto de ofrendas. y diezmos provenientes de sus Iglesias, en la proporción siguiente: Solo. al R. Sínodo y 5% a la R. Asamblea General.
  24. Asentar en un libro de actas, los.acuerdos tomados en sus Reuniones Ordinarias yExtraordinarias, y presentarlo para su revisión al R. Sínodo al cual pertenece en cada Reunión Ordinaria de ese cuerpo.
  25. Asentar en un libro de tesorería, las entradas y salidas de dinero de este cuerpo eclesiástico, y presentarlo para su revisión al R. Sínodo al cual pertenece en cada Reunión Ordinaria de ese cuerpo.
  26. Designar representantes ante los Consejos de las Empresas e Instituciones de la Iglesia, que así lo requieran, así como nombrar representantes ante sus Instituciones.
  27. Diseñar y establecer un plan de retiro en beneficio de todos sus Ministros de la Palabra y de los Sacramentos.
Capitulo 3