Constitución INP

EL H. PRESBITERIO

Capitulo 3

Su Administración

Artículo 113. El H. Presbiterio es el segundo cuerpo de gobierno de la Iglesia Nacional Presbiteriana de México, A.R. Tiene autoridad, sobre sus Ministros de la Palabra y de los Sacramentos miembros, los H. Consistorios de sus Iglesias miembros, sus Instituciones y Organizaciones presbiteriales.

Artículo 114. El H. Presbiterio. contará con una Mesa Directiva integrada por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un Tesorero, quienes estarán en funciones por dos años. Esta Directiva se nombrará en Reunión Ordinaria.

Artículo 115. El H. Presbiterio se reunirá cuando menos una vez al año, de manera ordinaria, en el lugar y fecha fijados en la Reunión Ordinaria anterior; o en caso de omisión, donde y cuando lo designe la Directiva.en turno.

La Directiva tiene facultad para convocar aReunión Extraordinaria por acuerdo propio o, a petición de una tercera parte de sus miembros, tanto Ministros de.la Palabra y de.los Sacramentos, como Ancianos.de Iglesia, nombrados por sus H. Consistorios, como Representantes de su Iglesia.

Artículo 116. En toda Reunión del H. Presbiterio, el quórum mínimo legal, será la mitad más uno de Ios Ministros de la Palabra y de los. Sacramentos y, Ancianos. de Iglesia representantes.

Artículo 117. El H. Presbiterio también será convocado para celebrar:

  1. Reuniones de tipo judicial pata atender asuntos de disciplina, una vez que éste sea constituido como Tribunal Eclesiastico.
  2. Reuniones de consulta para tratar otros asuntos de vital importancia.para este cuerpo y/o su campo jurisdiccional.
  3. Reuniones de carácter inspiracional y docente.

Articuló 118. La delegación del H. Presbiterio ante su R. Sínodo, se integra por siete representantes: tres miembros de la Mesa Directiva y un miembro de cada Ministerio; nominando a cuatro Ministros de la Palabra y de los Sacramentos, y tres Ancianos de Iglesia.

Articulo 119. La delegación del H. Presbiterio .ante la R. Asamblea General, se integra por cuatro representantes: dos Ministros de la Palabra y de los Sacramentos y, dos Ancianos de Iglesia.

Capitulo 5