Constitución INP

LA IGLESIA EN GENERAL

Capitulo 9

Forma de Gobierno y Autoridad Eclesiástica

Forma de gobierno

Artículo 31. Nuestra forma de gobierno es democrática y representativa, y se ejerce de forma colegiada, a través de cuerpos eclesiásticos integrados pot Presbíteros o Ancianos.

Artículo 32. La forma de gobierno eclesiástico presbiteriano tiene su fundamento en los principios de las Sagradas Escrituras (Heh. 15.4, 21.18-19; 1 Ti. 4.14) y comprende:

  1. Los Miembros
  2. Los Oficiales
  3. La Iglesia Local
  4. Los Cuerpos Eclesiásticos

Autoridad eclesiástica

Artículo 33. La autoridad eclesiástica es eminentemente moral, espiritual y declarativa; se ejerce por medio del testimonio y el servicio a Cristo, para la edificación y buena marcha de la Iglesia; y se aplica en tres formas:

  1. La Iglesia Local y el H.. Presbiterio ejercen autoridad mediante la ordenación para el ejercicio de un oficio.
  2. En cuerpo colegiado o constituido en tribunal y de ninguna manera en forma personal o individual. (Heh. 15.25; 1 Co. 5.3-5)
  3. Por la jurisdicción, que delimita ámbitos de influencia y ejercicio a cada cuerpo eclesiástico.
Capitulo 11