Constitución INP

LA IGLESIA LOCAL

Capitulo 4

Sus Ministerios

Artículo 98. Con el fin de cumplir la misión para la cual fue creada, cada Iglesia Local tendrá los siguientes Ministerios:

  1. De Evangelización
    1. Proelamación del Evangelio
    2. Testimonio
    3. Misiones
  2. De Educación
    1. Educación Eclesiástica
      1. Cristiana
    2. Educación Integral
      1. Reformada
      2. Social
      3. Derechos humanos
      4. Participación ciudadana
    3. Vida Cristiana
      1. Culto y Liturgia
      2. Vida devocional
  3. De Recursos. Está a cargo de la Junta de Diáconos.
    1. Recursos Humanos
    2. Recursos Financieros
    3. Recursos Materiales
    4. Servicios Especiales
      1. Asesoría
    5. Administración General
      1. Reglamentos
  4. De Relaciones
    1. Relaciones
      1. Inter-eclesiasticas
      2. Para-eclesiásticas
      3. Cortesía
      4. Comunicación Social
Capitulo 6