Constitución INP

LA R. ASAMBLEA GENERAL

Capitulo 4

Sus Ministerios

Artículo 175. La R. Asamblea General, para el desarrolló de sus funciones y programas de trabajo, contará con los siguientes Ministerios:

  1. De Evangelización
    1. Procalmación del Evangelio
    2. Testimonio
    3. Misiones
  2. De Educación
    1. Educación Eclesiástica
      1. Cristiana
      2. Teológica
      3. Continua
    2. Educación Integral
      1. Reformada
      2. Social
      3. Especial
      4. Derechos humanos
      5. Participación ciudadana
    3. Vida Cristiana
      1. Culto y Liturgia
      2. Vida devocional
  3. De Recursos
    1. Recursos Humanos
    2. Recursos Financieros
    3. Recursos Materiales
    4. Servicios Especiales
      1. Asesoría
      2. Trámites legales
    5. Administración General
      1. Reglamentos
      2. Glosa y Dictámenes
    6. Candidaturas y procesos electorales
  4. De Relaciones
    1. Relaciones
      1. Inter-eclesiásticas
      2. Para-eclesiásticas
      3. Cortesía
      4. Comunicación Social
    2. Justicia
    3. Necrología
    4. Obra rural e Indigenista
    5. Educación Integral
      1. Reformada
      2. Social
      3. Especial
      4. Derechos humanos
      5. Participación ciudadana

Artículo 176. Cada Ministerio de la R. Asamblea General estará dirigido por un funcionario, quien ejercerá sus servicios por cuatro años y asumirá el título de Ministro.

Capitulo 6